Las bicicletas eléctricas están en pleno auge, ya no se usan solo para el ocio sino que se están convirtiendo naturalmente en un vehículo de transporte urbano importante en muchos países. Sin embargo, la regulación europea exige un sacrificio de sus prestaciones, lo que podría ser un problema de seguridad y de funcionalidad. La tecnología actual podría permitir flexibilizar la normativa para adaptarse a las circunstancias particulares de cada entorno usando avances como el geofecing (geovallas) para que la normativa también sea inteligente.
El cambio en las necesidades de transporte en las ciudades y los núcleos urbanos necesitan soluciones que aborden todos los medios de transporte y la densidad del trafico. Las bicicletas eléctricas tienen una gran autonomía que podría permitir cumplir con diferentes desplazamientos actuales y ademas traería otros beneficios menos tangibles como el económico, mejoras en la salud, el medioambiental y el aumento de la calidad de vida en las ciudades. Todos los beneficios que traen las bicicletas eléctricas deberían ser un motivo suficiente para debatir sobre su regulación y procurar usarlas como un sustituto del coche para los que viajan solos diariamente. Si este debate se da, nuevos términos como bicicletas Pedelec, Speed Pedelec o Trole Ebikes empezarán a conocerse.
Los tres tipos de bicicletas eléctricas
Las Pedelec son las bicicletas más básicas. Estas bicicletas deben cumplir con tres requisitos: La potencia del motor debe ser igual o inferior a 250 W, la velocidad máxima a la que asiste al pedaleo debe ser de 25 km/h y este solo se puede activar cuando se pedalea. Este tipo de bicicleta no necesitan carnet, ni matrícula, ni seguro.
Por otra parte, las Speed Pedelec son más potentes, deben tener un motor eléctrico de hasta 4.000 W y velocidades de hasta 45 km/h. Son consideradas vehículos de la categoría L1e, como los ciclomotores y precisan de un permiso AM, un seguro de responsabilidad civil, una matrícula y un casco, además de pasar las ITV correspondientes.
Por ultimo, otro tipo de bicicletas eléctricas son las Throttle, este tipo si incluye un acelerador en el puño, en un gatillo o en un pulsador que hace que el motor se ponga en marcha sin pedalear. Estas son clasificadas como vehículos L1e-A y requieren los mismos papeles y condiciones que las Speed Pedelec. Este tipo de bicicletas alcanzan velocidades de hasta 100 km/h y en algunas ocasiones ofrecen mayores prestaciones que un ciclomotor por lo que se consideran motocicletas aligeradas.
En la normativa europea
La normativa para las bicicletas Pedelec es la misma en todo el territorio por ello ningún país puede salirse del marco actual. El objetivo de esta ley es que las bicicletas eléctricas se consideren vehículos iguales a las bicicletas convencionales, aunque son mecánicamente diferentes.
España no se sale de la norma, para cumplir con la normativa común en junio del 2019 la DGT emitió una instrucción aclaratoria sobre lo establecido en el Reglamento (UE) nº 168/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo que señala que las bicicletas EPAC (Electronically Power Assisted Cycles) o de pedaleo asistido no son vehículos de la categoría ‘L» (entre los que se encuentran los ciclomotores), y que por tanto «no necesitan ni homologación ni matriculación». Por lo tanto, las bicicletas pedelec están sometidas a las mismas normas de circulación que las bicicletas convencionales, pudiendo transitar por el mismo tipo de vías y en las misas condiciones.
Crear nuevas categorías de bicicletas eléctricas
Muchos fabricantes ya han empezado a levantar la voz para que la normativa facilite que una bicicleta eléctrica que no sea obligatoriamente Pedelec pueda ser utilizada en una ciudad que tenga las condiciones pertinentes. Las limitaciones en la potencia del motor y de la velocidad de asistencia hace que muchos conductores se sientan desprotegidos en el trafico, porque la velocidad con los vehículos que comparten la vía es muy grande.
Para contrarrestar este problema, lo que se propone es crear una nueva categoría de bicicletas que se base en el cumplimiento de la normativa de las Pedelec y en la posibilidad de aprovechar el extra de velocidad y potencia de las Speed Pedelec. En este caso es donde la tecnología ayudaría: el Geofencing podría aplicarse en bicicletas privadas para que los usuarios no se salgan de la zona permitida, así como hoy en día lo usan los vehículos de alquiler para evitar que los usuarios se salgan de la zona en la que se ofrece el servicio.
El Geofencing es la implementación de barreras geolocalizadas que delimitan zonas y entornos. Un ordenador conectado a internet, un GPS que posiciona en tiempo real la bicicleta y un software que recibe los datos y toma decisiones son las tres patas de la propuesta. Ubicada la bicicleta y en función del entorno, el sistema decidirá si en este momento se limita su velocidad a 25 km/h o puede aumentarse hasta los 45 km/h (o más). El ciclista no podrá modificar la decisión del sistema y simplemente recibirá la información de en qué modo puede circular en cada momento.
¿Cómo se aplicaría en bicicletas privadas? en el caso de que se circule por un carril bici convencional, por el que solamente van bicicletas, su velocidad estará limitada a 25 km/h. Cuando lo abandone para incorporarse al tráfico y compartir la vía con otros vehículos más potentes se desbloqueará la limitación y podrá hacer uso del extra de potencia y velocidad. De esta manera el vehículo estará en igualdad de condiciones con el resto de vehículos que lo rodean circule por donde circule.
Ahora que ya conocemos como podríamos incorporar los nuevos tipos de bicicletas eléctricas, tenemos que esperar que tanto los fabricantes como las administraciones estén de acuerdo en este fin común que podría ayudarnos a mantener nuestras bicicletas con una funcionalidad completa y traería beneficios como evitar el trafico de la ciudad y seguir reduciendo nuestra huella de carbono.
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Fuente: Híbridos y eléctricos