La última tendencia en las grandes ciudades en España, referente a la movilidad urbana sostenible, es la sustitución de los desplazamientos a pie por el traslado personal haciendo uso de patinetes eléctricos, pero hasta el momento no se dispone de normativas claras y precisas que regulen su uso. Es por esto, que la Dirección General de Tránsito (DGT) desea incluirlos dentro de la reforma de la Ley de Seguridad Vial que está próxima a ser implementada.
Antecedentes entre los patinetes eléctricos y la DGT
En Barcelona se estableció la prohibición del tránsito de los VMP por aceras y calzadas.
El problema básicamente radica en que los patinetes eléctricos, dentro del marco legal vigente, no son considerados vehículos de motor aunque dispongan de uno para lograr desplazarse. En vez de ello, los patinetes eléctricos entran mediante la Instrucción 16/V-124 emitida por la DGT en 2016, en la categoría de vehículos de movilidad personal (VMP).
Según esta instrucción, los VMP tampoco pueden compararse a los ciclomotores, tranvías y motocicletas. Adicionalmente, la DGT deja claro que los patinetes eléctricos son diferentes a la figura de peatón, imposibilitándose su uso en los espacios reservados a aquél, reconociendo que “generan situaciones de riesgo al compartir el espacio urbano con el resto de usuarios.”
Entre otras regulaciones que incluye la norma, “en tanto no se elabore una normativa específica”, se encuentran la posibilidad de circular sin necesidad de una licencia de conducción y la libertad que tiene el conductor de contratar una póliza de seguro. Sin embargo, la DGT establece que los Ayuntamientos pueden determinar limitaciones a la circulación en las vías urbanas siguiendo los criterios que consideren relevantes.
Futuras normativas
Todo lo expuesto, deja a los patinetes eléctricos sin una normativa que los regule de forma precisa y homogénea. Por ejemplo, en Barcelona se estableció la prohibición del tránsito de éstos por aceras y calzadas sin autorización expresa de la municipalidad, además de limitar su velocidad hasta 30 km/h y la edad mínima del conductor a 16 años. El uso de casco quedó a discreción del conductor y las multas por infracción en el rango de 100 a 500 euros.
En vista del panorama descrito, Pere Navarro, director de la DGT, está buscando incluir más regulaciones generales para los VMP. En este sentido, deberá concertar regulaciones sobre el límite de velocidad, empleo de casco y celular mientras se conduce, y la posibilidad del uso simultáneo de los patinetes eléctricos por más de una persona, entre otros aspectos.