VMP: qué significa y qué vehículos son de movilidad personal

Los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) son cada vez más populares en las ciudades, tienen una clara ventaja y es que nos permiten ir por la ciudad de manera más sostenible, porque son eléctricos en su gran mayoría, y más rápido, ya que pueden evitar el tráfico. Pero claro, leemos sobre ellos y los vemos por las calles constantemente, pero sabrías responder ¿cuáles son los vehículos de movilidad personal? ¿Crees que las bicicletas, bicicletas eléctricas, patinetes, patinetes eléctricos, Segways o los monopatines son todos vehículos de movilidad personal?.

La realidad es que si nos basamos únicamente en el concepto, todos estos vehículos entrarían en la definición: son vehículos y permiten la movilidad de las personas. Sin embargo, si vamos más allá del concepto y nos centramos en la realidad actual. El concepto de «movilidad personal» nació para definir al conjunto de vehículos de uso unipersonal e impulsados por energía eléctrica, cuya penetración en las ciudades ha aumentado de manera notoria en los últimos años. Si dejamos la bicicleta a un lado, el que se ha vuelto más popular es el patinete eléctrico. Por ello, cuando hablamos de los VMP, por lo general, nos referimos a los patinetes eléctricos.

¿Qué es un VMP y cómo se cataloga?

La normativa ha evolucionado lentamente y durante años no ha existido una definición clara de lo que son los vehículos de movilidad personal por parte de la Dirección General de Tráfico (DGT). De hecho, la categorización, normativa, etc., han estado -por un bien tiempo- en manos de los ayuntamientos, pero la situación cambió a finales de 2020, cuando entró en vigor el Reglamento General de Vehículos y el Reglamento General de Circulación. (Mira el reglamento completo aquí).

Con el nuevo reglamento se especificó las características de un vehículo de movilidad personal. Detallando que es «un vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima (de fábrica) comprendida entre 6 y 25 km/h». La excepción serían los vehículos para personas con movilidad reducida o los destinados a competición.

Por otra parte, lo destacado de esta normativa es que considera a los VMP como un vehículo más en la ciudad y, por ello, sus conductores están obligados a cumplir las mismas normas de circulación que el resto de los conductores. Entre las normas que deben cumplir los conductores de VMP están las que se refieren a las tasas máximas de alcohol en sangre, la prohibición de conducir bajo efecto de drogas, o el uso de auriculares y el móvil durante la conducción.

¿Las bicicletas se consideran VMP?

Con todo esto claro, ahora podemos asegurar que las bicicletas clásicas y las bicicletas eléctricas no son vehículos de movilidad personal, ya que la ley deja claro que son solo los vehículos «propulsados exclusivamente por motores eléctricos» y además, las segundas, están definidas legalmente «bicicletas de pedales con pedaleo asistido». Aún así, debemos recordar que las bicicletas eléctricas, aunque no son un VMP, también tienen la velocidad limitada a 25 Km/h y las normas de circulación son similares a las de los VMP.

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